Entradas

VIDA SIMPLE

Imagen
Un seguro de vida simple en todas sus condiciones. Riesgo principal cubierto:   Muerte por cualquier causa Cobertura Adicional: Doble indemnización en caso de fallecimiento por accidente Invalidez absoluta y permanente por accidente Beneficios Adicionales:   Traslados en ambulancia cuando existe riesgo de vida Línea gratuita de orientación y consultas médicas las 24 horas Asistencia al viajero en el exterior Segunda opinión médica Costos:   Según el módulo que se contrate, son los costos y las sumas aseguradas que les corresponden por  por rango de edades Módulo  1 $ 50   por mes Módulo 2  $ 75    por mes Módulo 3  $ 100  por mes Edad del Contratante    Módulo 1   Módulo 2      Módulo 3 de 18 a 35 años       $60.000     $90.000       $ 120.000 de 36 a 50 años       $50.000     $75.000       $ 100.000 de 51 a 55 años       $30.000     $45.000       $   60.000 de 56 a 60 años       $20.000     $30.000       $   40.000 de 61 a 65 años       $10.000

INGRESO MENSUAL ASEGURADO

Imagen
“INGRESO ASEGURADO”, es un innovador instrumento de protección ideado exclusivamente  para trabajadores y profesionales independientes. Garantiza una Renta Mensual en caso de no poder realizar su actividad laboral habitual, resultando ideal para comerciantes, empresarios, arquitectos, médicos, ingenieros, odontólogos, diseñadores, abogados, contadores y toda actividad independiente, incluido oficios. Cobertura Principal:  Renta mensual por invalidez absoluta y temporaria por enfermedad o accidente:  El asegurado se encontrará incapacitado en forma absoluta y temporal cuando como consecuencia de enfermedad o accidente, no pueda desempeñar por cuenta propia su actividad habitual declarada siempre que este estado tenga una duración ininterrumpida de mas de 21 (veintiún) días. En este caso se producirá el estado de “invalidez temporaria” que habilitará un pago máximo por vigencia anuak de 6 cuotas mensuales luego de haber cumplido el período de espera de 21 días. La cobertura

SEGUROS a través de un banco o de un productor asesor ?

Imagen
Es muy sabido que los bancos traccionan seguros presionando a los clientes a contratarlos como "parte del favor" de prestarle un servicio. Es esto legal ? el tema es confuso y en general  podemos decir que ante determinadas operaciones puede el Banco exigir la garantía de un seguro pero lo que podemos afirmar es que NO PUEDE OBLIGAR a que ese seguro sea contratado con la entidad bancaria. Lo mismo podemos decir de las Concesionarias de automotores ante la venta de un rodado. Pero mas allá de lo legal o no legal es importante tomar conciencia que el seguro como un servicio cubre el patrimonio de las personas y ello solo amerita que al contratarlo lo hagamos con profesionales. El ejecutivo de un banco recibe objetivos de venta y entre ellos les imponen objetivos de vender determinada cantidad de pólizas. Pero el empleado bancario a cargo de la gestión conoce los alcances de cada cobertura ? Sabe las implicancias que un "infraseguro" en caso de un siniestro cata

INGRESO ASEGURADO

Imagen
INGRESO ASEGURADO” , es un innovador  instrumento de protección  ideado exclusivamente  para trabajadores y profesionales independientes . Garantiza una Renta Mensual en caso de no poder realizar su actividad laboral habitual,  resultando ideal para comerciantes, empresarios, arquitectos, médicos, ingenieros, odontólogos, diseñadores, abogados, contadores y toda actividad independiente, incluido oficios. Incluye los riesgos de Fallecimiento e Invalidez Total y Permanente por enfermedad o accidente, y Doble Indemnización ante fallecimiento accidental, satisfaciendo así las necesidades de resguardo del asegurado y su familia. Además  “INGRESO ASEGURADO”  ofrece Beneficios Adicionales de alta valoración prestacional, de uso frecuente y cotidiano. Cobertura: Riesgo valorado: Renta mensual por Invalidez Absoluta y Temporaria por enfermedad o accidente . Riesgo principal: Fallecimiento por enfermedad o accidente. Riesgos adicionales: Invalidez Absoluta y Permanente p

ART para empleados del servicio doméstico: TARIFAS

Imagen
A partir del 03/11/14 entrará en vigencia  el nuevo régimen de ART para personal de servicio doméstico. La explicación sobre el mismo la hemos presentado en detalle en nuestra anterior nota (ver nota) pero en caso Ud esté alcanzado por esta obligación le presentamos una sencilla tabla para conocer el costo de esta póliza:  Es de hacer notar que para acceder a esta cobertura el trabajador debe estar registrado en AFIP   HORAS   SEMANALES   TRABAJADAS ALICUOTA   ART Menos   de   12   horas $   130 De   12   a   menos   de   16   horas $   165 16   horas   o   más $   230   Y si el trabajador no se encuentra registrado ? En este caso podemos ofrecerle una alternativa para asegurar al trabajador que cubre: Muerte-Incapacidades-Gastos de internación , medicamentos y servicios médicos y gastos de sepeli o (cubre cualquier tipo de accidentes relacionados con la  actividad inclu

ART para empleados del servicio domésticos: Lo que hay que saber

Imagen
F ina lmente se reglamentó la ART para empleados domésticos. Seguidamente ofrecemos a Ud. información compilada y precisa sobre el tema. S i Ud tiene personal a cargo (en este caso personal de servicio doméstico) Ud es responsable por los accidentes sufridos por la persona a su cargo durante el trabajo y en  circunstancias  de trasladarse desde y hacia el lugar de trabajo ( in intinere ). (para requerir o solicitar  información especial  hacer clic aquí) LO QUE HAY QUE SABER : ¿Cuál es el servicio que brinda una ART? Atención médica inmediata al trabajador accidentado. Rapidez y puntualidad en el pago de indemnizaciones. Recalificación para la reinserción laboral. Cobertura total en medicamentos , prótesis, rehabilitación y traslados . ¿Qué hay que tener en cuenta para contratar una ART?  El seguro que contratarán los empleadores para sus dependientes será igual en todos los casos, independientemente de la ART seleccionada. No hay planes diferenciales.  ¿Cómo

SERVICIO DOMESTICO y SEGUROS

Imagen
A través de un decreto publicado en el Boletín Oficial, el gobierno reglamentó el "Régimen especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares" sancionado en marzo del año pasado para regular la relación laboral entre empleadores y el personal doméstico, que hasta ese momento se regía por un decreto sancionado por la Revolución Libertadora. La iniciativa incluye obligaciones de contratar ART y otras obligaciones en materia de seguros...he aquí las novedades y las soluciones. NOVEDADES: "Servicio de Conciliación Obligatoria" para el personal doméstico que funcionará en la órbita del Ministerio de Trabajo. Obligación por parte de los empleadores de abonar los salarios en una cuenta sueldo abierta a nombre del trabajador en una entidad bancaria en los casos que este preste servicios durante 32 horas o más por semana. Cobertura de una Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART), la cual no podrá rechazar la afiliación de ningún empleado