Es necesario llevar el recibo del pago de la póliza ?

Nuestros clientes nos consultan sobre la necesidad de LLEVAR EL RECIBO DE PAGO DEL SEGURO DEL AUTO EN EL VEHÍCULO para no tener problemas ante una requisitoria policial. 

La respuesta es NO. Solamente es obligatorio llevar la Credencial del seguro automotor, que acredite que la unidad que manejo está asegurada. Si bien en las credenciales figura esto,  lo repetimos para conocimiento de los interesados:

Decreto 1716/08 (reglamentario ley 26363). 

La posesión del comprobante obligatorio será prueba suficiente de la vigencia del seguro obligatorio automotor exigido por el art 68 ley 24449 conforme art 2 de la disposición 70/2009 de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, la falta de portación del recibo de pago de la prima del seguro obligatorio por parte del conductor del vehículo, no podrá ser aducida por la Autoridad de Constatación para determinar el incumplimiento de los requisitos para la circulación.

Es  importante aclarar que lo exigido por las autoridades es un seguro de RESPONSABILIDAD CIVIL cuya cobertura es inferior a la suma que para un automotor particular tienen normalmente las pólizas y que es de $ 3.000.000. 

La suma OBLIGATORIA es de solo $ 120.000 y no cubre los daños a cosas (por ejemplo el daño a otro vehículo).

Normalmente los seguros contra terceros cubren los antedichos $ 3.000.000 pero dentro de esos está el seguro obligatorio.

Nunca contrate un seguro por el límite menor, dado que si bien estará cumpliendo con las obligaciones exigidas por la Ley, en caso de tener un accidente donde Ud tenga la responsabilidad civil del mismo la suma del límite menor es muy exigua y seguramente deberá Ud afrontar con su patrimonio el daño que supere dicha suma.

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